lunes, 28 de febrero de 2011

Entre la presteza de la Tecnología y el Derecho como remolque del cambio social

Giovanna Caputo es licenciada en derecho por la Universidad de La Laguna. Se ha especializado en el área del Derecho Penal, y ha dedicado gran parte de su formación en los aspectos jurídicos de la comunicación, incluyendo aquella que se desarrolla en las plataformas digitales.


PREGUNTA- ¿Cuáles son las principales diferencias recogidas en la legislación vigente entre un delito en la red y otro fuera de ella?

RESPUESTA- No existe una recopilación legislativa conjunta y específica en esta materia. Aún no se pueden recoger uniformemente porque por Internet se llevan a cabo una variedad de conductas que afectan a varios ámbitos legislativos: se comunica, se comercia, se informa, etc. Se trata de una labor necesaria pero compleja, pues nos enfrentamos a nuevos tipos de delitos, nuevas formas de incumplimiento de las obligaciones, que precisan de nuevas reglas administrativas y de especialistas en la materia.

P- ¿Cómo se recoge en los códigos la delincuencia en la red? ¿Se legislan aplicando criterios diferentes?

R- Sí existe una variedad de normas esparcidas en el ordenamiento jurídico que afectan a las varias ramas que puede tocar la red, como es el caso del Código de Comercio, la Ley de Protección de los Derechos de Consumidores y Usuarios, el Código Penal para los delitos realizados a través de la red, etc.  Con respecto a la LPDCU, ha realizado una recopilación bastante satisfactoria pero que requiere de una constante actualización, que sea paralela a las nuevas formas de comercio que van surgiendo.

P-  ¿Cómo actúa la ley española en la protección del menor por la red?

R- En  primer lugar, el menor goza de especial protección en nuestra Constitución, así como en el Código Penal. Destacar el artículo 189, que castiga a aquellas personas que utilicen a menores de edad para fines pornográficos, que constituye uno de los mayores peligros a los que se enfrenta el menor, cualquiera que sea su soporte, incluyendo por tanto la red. De este modo, está protegido tanto constitucional como penalmente, así como, de forma más específica, en el Convenio de Autorregulación, donde se recogen los principios para garantizar una protección de la infancia entre los usuarios de la red.

P- Internet nos proporciona una visión globalizada de lo que sucede en el mundo, ¿cómo se contempla esto en la ley escrita?

R- Sí existen acuerdos que tratan la cuestión, por ejemplo el Convenio de Autorregulación que citaba ahora, que fue acordado entre el Ministerio de Cultura y la Asociación de Usuarios de Internet, en materia mercantil, la Ley de Comercio Electrónico y Sociedad de la Información acordado con la Unión Europea, la ley orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, etc. Aparte de esta legislación específica, podremos estar sujetos a las disposiciones, acuerdos y convenios internacionales de los que España forme parte.

P- ¿Pero existen acuerdos internacionales efectivos?

R- El derecho cambia en función de los cambios sociales, por tanto va siempre un paso por detrás de la sociedad. La evolución de las nuevas tecnologías y su uso para fines comerciales ha supuesto un cambio brusco para su regulación, cogiendo desprevenidos a los legisladores de casi todos los países, a pesar de los pequeños avances que podemos observar tras algunos acuerdos entre países de la UE. Siempre se han tenido dificultades a la hora de elaborar normativa conjunta de carácter internacional, y en el caso de la regulación del comercio virtual, debemos considerar la incidencia y la rapidez con la que se han generado nuevas formas de comerciar que precisan una regulación actualizada.

P- De qué modo se protege el derecho a la intimidad dentro de la red en la legislación española?

R- En nuestro código penal se castiga a cualquier persona que vulnere el derecho a la intimidad personal, accediendo a determinados datos o información que la víctima recoja o almacene en su sistema informático, siempre y cuando actúe sin su consentimiento. Con esto, se pretende proteger, directamente, la seguridad de datos en el sistema informático.

P- Pero, por ejemplo, ¿en qué momento la conducta del hacker es considerada delito y cómo se castiga ésta?

R- No es necesario que la intención del hacker sea la de generar un daño, es suficiente con que acceda o permanezca en el sistema de la víctima. Con la última reforma del Código Penal, finalmente, se plasma la necesidad social de perseguir determinadas acciones llevadas a cabo por el hacker, quien puede llegar a sufrir penas de prisión de hasta dos años de duración. Aunque, en este caso, sea más oportuno hablar de crackers, que son los que desarrollan las actividades delictivas en la red.

P- ¿Cómo valoras la ley SINDE?

R- Creo que es imprescindible la adaptación del derecho, y de lo que se considera delito, a la evolución de la sociedad y sus costumbres. Es difícil conjugar esta prerrogativa con la necesidad de legislar la protección de los derechos de propiedad intelectual. La ley SINDE no penaliza al individuo que descarga contenido intelectual en España, como se contempla en la legislación de otros países como es el caso de nuestros vecinos los franceses, sino que castiga a los responsables de servidores que ofrecen descargas gratuitas y que, normalmente, se lucran a través de la publicidad o de servicios a través de la telefonía móvil. Creo que es necesaria la aplicación de una ley que regule los contenidos intelectuales, pero también creo que debe de adaptarse poco a poco a las necesidades de los consumidores y a los usos que éstos puedan darle a la red.

P- En conclusión, ¿qué papel jugarán a partir de ahora las nuevas tecnologías en la forma de legislar?


R- Creo que es necesario reforzar la previsión de los delitos cometidos en la red dada las dificultades persecutorias de los mismos. Aún se deben de dar muchos pasos para alcanzar una regulación exhaustiva, y que los ciudadanos tengan conciencia de la existencia de esa protección, y de la garantía que ésta les ofrece. Por ejemplo, que el usuario tenga todas las garantías a la hora de comprar por Internet o de que se sientan seguros cuando sus hijos accedan a las redes sociales.

La desinformación: la guerra fría de las palabras

Del mismo modo que basta una bala para apagar una vida, basta una palabra mal dicha, mal expresada, o disparada con malicia hacia una dirección concreta, para silenciar la conciencia crítica de las masas. Para esta amenaza, no existirá más escudo que el fortalecimiento de una conciencia crítica que nos permita ir más allá de lo que denotan las palabras.

            El origen del significante (la imagen acústica) del signo ‘desinformación’ lo encontramos registrado por primera vez con la voz soviética ‘dezinformatsia’, publicado en la edición de 1952 de la Enciclopedia Soviética, que se refería a ella para indicar la propagación de información falsa con el fin de crear confusión en la opinión pública, algo de lo que dan fe muchas de las estrategias comunicativas llevadas a cabo por el KGB. Sin embargo, aunque el origen de la expresión apenas cuente con medio siglo de existencia, conocemos referencias al significado de dicho signo que datan de varios siglos antes de Cristo, en donde ya el escritor chino Sun-Tzu afirmaba en su obra El Arte de la Guerra, que el arte supremo y objeto máximo de la guerra consistía en someter al enemigo sin la existencia de combates. De esta forma, tanto el origen de su significante como de su significado se han gestado al calor de la guerra, de una guerra fría en donde la información adquiere forma de metralla para alterar la visión crítica del otro, la conciencia de la realidad enemiga.

            Al codificar este molde (des-)informativo a código binario, esta esencia beligerante parece mutar muy poco, hasta el punto de poder afirmar que los cambios en el medio que se han producido con el transcurso del tiempo han transcendido más en la forma que en el contenido, adaptando la misma estrategia a las nuevas plataformas de comunicación. Se podría afirmar que los sucesivos cambios de contenido en el tiempo están íntimamente ligados a estrategias de pulimento en el modo de comunicar, donde la desinformación ha adquirido otras orientaciones de sentido, evolucionando a convertirse en una información técnicamente correcta, aunque con la misma clara manipulación intencionada al servicio de fines partidistas. En este contexto, el individuo debe de posicionarse de un modo crítico ante la noticia, centrando su atención ya no tanto en lo que las palabras denotan, sino en lo que éstas connotan.

La presteza con la que las nuevas plataformas demandan la información, la fragmentación de las audiencias o la dependencia de los medios a una financiación ligada a la publicidad, sólo ha servido para sobrealimentar la comunicación digital con una competencia que se fragua en la creación de la noticia, que se exprime en la línea política que adquiere el medio, y que se vierte en la conciencia del prosumer. Parece que, para muchos, el arte de comunicar en Internet no dista tanto del arte de combatir que promulgaba Sun-Tzu, pues, con el tiempo, en lo único en lo que hemos mejorado ha sido en la precisión con la que disparamos las palabras, y en el alcance del arma que usamos para ello.

viernes, 25 de febrero de 2011

El infierno son los demás

Pareciera que toda la música que últimamente escuchan los oídos del director y productor bilbaíno Alex de la Iglesia ha quedado confundida en una maraña de dimes y diretes sobre la ley Sinde y los acontecimientos ocurridos a partir de la misma, tanto en la sociedad, como en el seno de la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España, reduciéndose dicha música apenas a unas notas átonas y desafinadas de lo que podría ser una balada triste de trompeta, tal como reza el título del último trabajo del cineasta. El último varapalo en relación a todo esto, ha cogido forma en lo que muchos apuntan a un plantón que la propia academia ha tenido con el cineasta y su obra en la última edición de los premios Goya, pues apenas comprendemos como Balada Triste de Trompeta, que era la gran favorita al contar con 15 nominaciones, haya obtenido, finalmente, sólo dos premios.

En toda esta vorágine institucional, el cineasta ha preferido sacar a flote los ideales con los que afronta su profesión en el medio, para pedir su dimisión tras el acuerdo político que ha llevado al parlamento a aprobar, en última instancia, tal controvertida ley. Y así nos lo ha hecho saber en la plataforma en la que el director y productor ha podido sentir el abrazo del público, al que el cineasta considera el agente más importante para la existencia de la academia a la que representaba. En esta red social, de la Iglesia ha abierto la caja de los truenos, generando una polémica que ha alcanzado un carácter internacional, y en donde ha encontrado una tribuna particular en donde reflexionar sobre todo lo que, fugazmente, iba aconteciendo y desarrollándose en la calle, en los despachos o en los mass media. En Twitter, el productor ha podido establecer un contacto asiduo con otros cineastas, con colectivos que se posicionaban en contra de la ley actual que legisla los derechos de autor, con empresarios, con otros medios, y, en general, con todos los que le han mostrado su apoyo y afecto desde sus tribunas anónimas. Alex de la Iglesia ha utilizado Twitter mostrándose como no podría hacerlo ni en los despachos, ni delante de las cámaras, incluso como no pudo llegar a hacerlo en el discurso que ofreció en la ceremonia que festejaba los 25 años, mostrando la misma naturalidad con la que reflexionaba de asuntos privados en otros tweets de un carácter más personal o familiar que profesional.


En los momentos en los que la cuerda informativa sobre este asunto ha permanecido más tensa en los medios tradicionales, cuando encontrábamos a la ministra de cultura afirmar que se había generado un antagonismo entre el mundo de la cultura y el de la tecnología, los comentarios de Alex de la Iglesia en Twitter sirvieron para exprimir al máximo la faceta irónica del productor y director, esa que utilizaba en su época de historietista, mezclándose con un meditado análisis con el que de la Iglesia ha podido hablar sin cortapisas cuando, por ejemplo, afirmaba en un tweet, textualmente, que “lo hemos intentado, y no ha habido respuesta. Cero. Han pactado una ley que no conviene a nadie”, mostrándonos que tras el púlpito desde el que un director de la academia de cine habla, puede haber una persona cercana, que utiliza internet como lo hacemos el resto de los mortales, a pesar de que con ello, se deban de abrir las puertas del infierno que custodia el sistema, ése que nos coloca una nariz de payaso a todos, y que obliga a que una persona competente deba de dimitir de su cargo por ello.